Fondo de Asistencia Laboral (FAL)Una nueva dimensión en la gestión financiera de tu empresa.

Desde noviembre tu empresa debe aportar al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). 1% o 2,5% de tu masa salarial va a un fondo FAL para el pago de indemnizaciones. Si no informás tu ID FAL en plazo, te asignan un FAL de oficio. Calculá en 30 segundos cuánto representa en tu nómina.

De un porcentaje abstracto a un número de tu empresa

Elegí tu tipo de empresa e ingresá la masa salarial mensual bruta. El resultado es estimativo y no reemplaza la liquidación correspondiente.

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El aporte obligatorio al FAL implica una reducción equivalente en las contribuciones patronales. No representa un costo adicional respecto de la nómina actual de tu empresa.

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Lo que la ley ya definió por vos

Vigencia
01/11/2026

Fecha de entrada en vigencia del régimen para los empleadores del sector privado (Ley 27.802).

Aporte mensual
1% a 2,5%

Sobre remuneraciones base SIPA: 1% grandes empresas, 2,5% MiPyMEs.

Si no elegís a tiempo
Deciden por vos

Si no informás un ID FAL a tiempo, podrás ser sancionado y la CNV asignará de oficio un vehículo de inversión para derivar los aportes.

Resolución 1276/2026

Instrumentos elegibles

  • Deuda del Estado Nacional
  • Deuda Provincial y CABA
  • Depósitos en entidades
  • Obligaciones Negociables locales

Límites de diversificación. Hasta:

15%

Depósitos en una misma entidad y vinculadas

20%

ONs en forma agregada · 10% por emisor

15%

Deuda Provincial/CABA en forma agregada · 5% por jurisdicción

10%

Instrumentos con rendimiento vinculado a tipo de cambio en forma agregada

Modalidades de rendimiento

  • Tasa Fija
  • TAMAR
  • CER
  • Ajuste por Tipo de Cambio
  • Bonos duales (combinados)

Liquidez mínima

10%

del patrimonio en depósitos a la vista, plazos fijos precancelables o a 30 días máx. o letras del Tesoro Nacional a tasa fija o con ajuste CER a 90 días o menos en Modalidades de rendimiento "Ajuste CER".

Fuente: Resolución 1276/2026 · Ministerio de Economía ↗

Cuatro beneficios de esta nueva modalidad

El FAL no es únicamente un casillero de cumplimiento. Bien gestionado, trae beneficios concretos para tu empresa.

Costo Neutro

El aporte obligatorio al FAL implica una reducción equivalente en las contribuciones patronales. No representa un costo adicional respecto de la nómina actual de tu empresa.

Patrimonio protegido

El FAL constituye un patrimonio separado e inembargable de la empresa, afectado exclusivamente al pago de indemnizaciones laborales.

Beneficios Impositivos

Los rendimientos del FAL están exentos del Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Débito y Crédito y sus contribuciones no están gravadas por IVA.

Gestión Profesional

El FAL es administrado por una sociedad autorizada por la Comisión Nacional de Valores. El empleador decide cuándo utilizar los recursos del FAL para pagar indemnizaciones laborales.

Rigor cuantitativo. Convicción fundamental.

Independencia de Criterio y Gestión Activa

Nuestra gestión se define por un proceso iterativo que combina análisis cuantitativo, criterio cualitativo y toma de decisiones colegiada, buscando equilibrio entre rendimiento, control y consistencia en el tiempo.

Liderazgo Experto

La solidez de nuestra propuesta se apoya en el liderazgo de Emilio Botto, con más de 35 años de trayectoria en mercados globales y locales. Tras desempeñarse durante más de dos décadas como CIO de BNP Paribas Asset Management Argentina, hoy encabeza un equipo senior enfocado en la construcción de carteras eficientes, diversificadas y sostenibles en el tiempo.

Respaldo e Integración

Con más de una década de trayectoria, el modelo integrado de Mills Capital articula capacidades en gestión patrimonial, inversión y financiamiento. Ese enfoque se amplía a través del Grupo Mills, un ecosistema de compañías complementarias que fortalece nuestra capacidad de ejecución, ofrece respaldo institucional robusto y visión independiente.

Nos fortalecen las relaciones,
nos respalda la experiencia de nuestro equipo

La calidad de una estrategia se define por el criterio de quienes la diseñan. El estándar de nuestro servicio se apoya en liderazgo experto, rigor metodológico y una visión independiente capaz de trascender coyunturas.

Prensa FAL

Especialistas de Mills Capital, consultados por los principales medios económicos, sobre cómo se gestionan estos nuevos fondos.

Consultas sobre el FAL

Lo esencial primero. El detalle operativo y legal, un click más abajo.

Lo esencial
Es un fondo que cada empleador del sector privado constituye con un aporte mensual, destinado exclusivamente al pago de indemnizaciones laborales. Rige desde el 01/11/2026 (Ley 27.802), es un patrimonio separado e inembargable de la empresa y lo administra una sociedad autorizada por la Comisión Nacional de Valores.
El aporte es del 1% de las remuneraciones base SIPA para grandes empresas y del 2,5% para MiPyMEs. Implica una reducción equivalente en las contribuciones patronales, por lo que no representa un costo adicional sobre la nómina actual. Podés estimarlo en 30 segundos con la calculadora de aporte.
Tu empresa podrá ser sancionada y la CNV asignará de oficio un vehículo de inversión para derivar los aportes. Elegir administradora a tiempo te permite decidir quién gestiona el fondo y con qué criterio.
No. El empleador puede optar por utilizar los fondos disponibles para el pago total o parcial, o no utilizarlo.
Trabajadores registrados con al menos 12 meses de antigüedad. Excluye empleados públicos, trabajadores de la construcción y personal de casas particulares.
Una vez transcurridos seis períodos mensuales desde su entrada en vigencia.
Rendimientos e intereses exentos de Ganancias. Integración de contribuciones y rendimientos no gravados por IVA. Cuentas y movimientos vinculados exclusivamente al FAL exentos del Impuesto sobre los Créditos y Débitos.
Detalle operativo y legal
No. Es un tercero ajeno. El empleador sigue siendo el único responsable por el pago de las indemnizaciones.
No. Los aportes al FAL se pueden usar exclusivamente para pagar indemnizaciones laborales y no pueden utilizarse para cancelar otras deudas u obligaciones.
Presentada la Declaración Jurada, la entidad administradora del FAL tiene hasta 5 días hábiles para transferir los fondos.
El empleador debe pagar la diferencia. La insuficiencia no altera su responsabilidad legal ni reduce sus obligaciones.
Los recursos del FAL se transfieren a la empresa continuadora en proporción a los trabajadores cedidos o transferidos.

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